Consultar multas DGT: cómo verlas y pagarlas online
Qué es Verifactu: cómo funciona paso a paso

Verifactu es el sistema de la Agencia Tributaria que obliga a que los programas de facturación generen registros inalterables, encadenados entre sí y con una huella digital (hash). Nace de la Ley Antifraude y afecta a autónomos y empresas que emiten factura, con un calendario de entrada escalonado según el tipo de contribuyente.
Lo esencial
Ir a: qué es y qué exige · calendario y plazos · preguntas frecuentes
Verifactu no es un programa que tengas que instalar ni una web a la que debas darte de alta. Es el conjunto de reglas que debe cumplir cualquier software de facturación (lo que la norma llama Sistema Informático de Facturación o SIF) para que Hacienda dé por válidas las facturas que emites. El nombre técnico del reglamento es RRSIF, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, dentro del marco de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude. Las especificaciones técnicas concretas llegaron con la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, publicada en el BOE el 28 de octubre de 2024.
El objetivo de fondo es sencillo de entender: evitar el software de doble uso, esos programas que permitían borrar o modificar ventas sin dejar rastro. Para lograrlo, la norma exige que cada factura genere un registro con varias garantías.
Conviene aclarar una duda habitual: estos registros no son la factura en sí ni convierten tu factura en factura electrónica. Son un dato de control que el programa produce en paralelo. Puedes seguir emitiendo en papel o en PDF como hasta ahora, con la diferencia del QR y, en su caso, la leyenda.
La norma admite dos formas válidas de cumplir, y aquí está una de las decisiones que tendrás que tomar (o que tomará por ti tu programa). En la modalidad VERIFACTU, el software remite cada registro a la Agencia Tributaria de forma automática en el momento de emitir. En la modalidad no VERIFACTU, los registros se quedan firmados y conservados en tu equipo, y solo se envían si Hacienda los reclama.
| Aspecto | Modalidad VERI*FACTU | Modalidad no VERI*FACTU |
|---|---|---|
| Envío a la AEAT | Automático, al emitir cada factura | Solo a requerimiento de Hacienda |
| Firma electrónica del registro | No es obligatoria | Obligatoria en cada registro |
| Leyenda en la factura | «Factura verificable…» o «VERI*FACTU» | Solo el código QR, sin esa leyenda |
| Conservación | La AEAT guarda copia de los registros | Conservas tú los registros firmados |
| Registro de eventos | Requisitos de seguridad más ligeros | Requisitos de seguridad reforzados |
| Para quién encaja | Quien prefiere delegar y despreocuparse | Quien quiere enviar el mínimo a Hacienda |
Para la mayoría de autónomos y pequeños negocios, la modalidad VERI*FACTU resulta más cómoda porque descarga sobre el programa la tarea de comunicarse con Hacienda y evita las obligaciones extra de firma y conservación. La elección, en la práctica, la marca el software que uses y la configuración que active tu asesoría.
Aquí es donde conviene ir con cuidado, porque las fechas se han movido más de una vez. El punto de partida afectó a los fabricantes: los productores y comercializadores de software tuvieron de plazo hasta el 29 de julio de 2025 para ofrecer sus programas plenamente adaptados, es decir, nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024. Desde esa fecha, un SIF que se venda en España debe cumplir los requisitos.
La obligación para quien emite las facturas es posterior y se aplazó. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE del 3 de diciembre de 2025), amplió los plazos que habían quedado fijados por normas anteriores como el Real Decreto 254/2025. Con el calendario vigente hoy, según la nota informativa publicada por la Agencia Tributaria, estas son las fechas de referencia.
| Quién | Fecha límite para tener el SIF adaptado | Norma |
|---|---|---|
| Fabricantes y comercializadores de software | 29 de julio de 2025 | Orden HAC/1177/2024 |
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 | RD-ley 15/2025 |
| Resto de obligados (autónomos y demás) | 1 de julio de 2027 | RD-ley 15/2025 |
| Contribuyentes acogidos al SII | No aplica el reglamento Verifactu | RD 1007/2023 |
| País Vasco (TicketBAI, Batuz en Bizkaia) | Sistema foral propio | Normativa foral |
| Navarra | Sistema foral propio | Normativa foral |
El periodo previo a cada fecha funciona como una fase de pruebas: puedes enviar registros de prueba en modalidad VERI*FACTU y seguir facturando con otro sistema hasta el límite. Si escuchas que Verifactu «entra en vigor en 2026», ten presente que esa referencia procede de un calendario anterior al último aplazamiento. Antes de dar por buena cualquier fecha, la fuente que manda es la propia sede de la Agencia Tributaria.
No hace falta que te agobies ni que hagas nada por tu cuenta con Hacienda. La adaptación recae sobre el programa que utilices, así que tu trabajo consiste sobre todo en asegurarte de que ese programa está en regla. Estos son los pasos.
Si en algún momento necesitas hacer trámites y la web de Hacienda se resiste, te vendrá bien saber qué hacer cuando la sede de la Agencia Tributaria no funciona.
Cada vez que una novedad fiscal ocupa titulares, aparecen correos y SMS falsos que se hacen pasar por Hacienda. Con Verifactu está ocurriendo: mensajes que hablan de «adaptar tu facturación» y te piden datos bancarios, un pago urgente o que descargues un supuesto programa oficial. La Agencia Tributaria no reclama pagos ni credenciales por correo o SMS con enlaces, así que desconfía de cualquier mensaje que meta prisa o pida dinero.
Ante cualquier duda sobre un correo o SMS que dice ser de la Agencia Tributaria, puedes consultar gratis con el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE): 017, WhatsApp 900 116 117, Telegram @INCIBE017.
Te puede interesar:
¿Qué es Verifactu exactamente? Es el sistema de la Agencia Tributaria que fija cómo deben funcionar los programas de facturación para que generen registros inalterables, encadenados y con huella digital. Deriva de la Ley Antifraude 11/2021, del Reglamento del RD 1007/2023 y de la Orden HAC/1177/2024.
¿Desde cuándo es obligatorio Verifactu para autónomos? Según el calendario vigente tras el RD-ley 15/2025, los autónomos y el resto de obligados que no tributan por el Impuesto sobre Sociedades deben tener su software adaptado antes del 1 de julio de 2027. Las entidades del Impuesto sobre Sociedades, antes del 1 de enero de 2027.
¿Verifactu obliga a enviar todas las facturas a Hacienda? Solo en la modalidad VERI*FACTU, en la que el programa remite cada registro de forma automática. En la modalidad no VERI*FACTU, los registros se conservan firmados en tu equipo y únicamente se envían si la Agencia Tributaria los requiere.
¿A quién no afecta Verifactu? No aplica a los contribuyentes acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) ni a quienes tributan en territorios forales con sus propios sistemas, como TicketBAI y Batuz en el País Vasco o el sistema propio de Navarra.
¿Qué diferencia hay entre Verifactu y no Verifactu? En VERI*FACTU el software envía los registros a la AEAT al emitir y la factura lleva la leyenda de factura verificable. En no VERI*FACTU no hay envío automático, pero cada registro debe ir firmado electrónicamente y con requisitos de seguridad reforzados.
¿Cómo sé si mi programa de facturación cumple con Verifactu? Pregunta a tu proveedor y comprueba que ha emitido la declaración responsable que certifica que el producto se ajusta al reglamento. Además, las facturas que emitas deben mostrar el código QR que enlaza con la sede de la AEAT.